Guía técnica · Actualizada julio de 2026

Normativa de ruido en Ibiza y Formentera

La obligación de instalar un limitador acústico no es la misma en toda la isla. Cada ayuntamiento la activa por un motivo distinto. Aquí está, municipio por municipio, con el artículo y la fuente oficial de cada afirmación.

6 municipios 6 ordenanzas verificadas íntegras Fuentes oficiales citadas

Quién manda sobre quién

Tres niveles normativos se superponen. El que le va a obligar a usted a hacer algo concreto —y el que le va a sancionar— es el municipal.

Estatal

Ley 37/2003 del Ruido · RD 1367/2007

Marco general, zonificación acústica, objetivos de calidad y metodología de medición.

Autonómico

Ley 1/2007 · Illes Balears

Fija las reglas del juego. Exige instrumentación de clase 0 o 1 —un sonómetro de clase 2 no produce una medición válida— y personal técnicamente acreditado (art. 53.4). Ley 1/2007, texto oficial ↗

Municipal

Ordenanza de su ayuntamiento

Aquí está la obligación concreta, el plazo y la sanción. Y aquí es donde cada municipio de la isla ha decidido algo diferente.

La matriz: qué activa la obligación en cada municipio

Esta es la tabla que casi nadie tiene consolidada. Si tiene locales en varios municipios, léala dos veces.

Municipio Qué activa la obligación Limitador Estado
Santa Eulària des Riu Usos urbanísticos d2 y d3 Obligatorio Sin plazo transitorio verificado
Sant Josep de sa Talaia Actividad turística con música Obligatorio Sin plazo transitorio verificado
Sant Antoni de Portmany Actividades de tipo 2 y 3 Obligatorio Sin plazo transitorio verificado
Eivissa (ciudad) Establecimientos tipo B con equipos de sonido Obligatorio Sin plazo transitorio verificado
Formentera Actividades de tipo 2 y 3 Obligatorio Sin plazo transitorio verificado
Sant Joan de Labritja Actividades de tipo 2 y 3 Obligatorio Sin plazo transitorio verificado

Cinco de los seis municipios obligan a instalar limitador registrador, pero cada uno lo activa por un motivo distinto: el uso urbanístico en Santa Eulària, la actividad turística con música en Sant Josep, el tipo de actividad en Sant Antoni y Formentera, y la clase de establecimiento en Eivissa. Un mismo negocio con dos locales en dos municipios puede tener dos obligaciones diferentes.

De Sant Joan de Labritja decimos «no verificado» porque no hemos podido leer el texto íntegro de su ordenanza. Preferimos decirlo a rellenar el hueco.

Los tres errores que más caros salen

01

«Tengo el limitador, ya cumplo»

No. Las ordenanzas lo dicen con estas palabras: la instalación de un limitador registrador acústico no sustituye en ningún caso el aislamiento mínimo que debe tener el local. Son dos obligaciones distintas y acumulativas. El estudio acústico es lo que destapa la segunda.

Santa Eulària, art. 24.8 (BOIB núm. 62, 16/05/2026) · Sant Josep, art. 24.6

03

«Me lo instala mi electricista»

La ordenanza exige que la instalación y calibración las realice personal técnico o una empresa autorizada por el fabricante del equipo. Un limitador instalado por quien no está autorizado no acredita cumplimiento.

Santa Eulària, art. 23.3 · DecibelSea es instalador autorizado de Ecudap.

Las 12 características que debe cumplir el limitador

No vale cualquier aparato. La ordenanza enumera exactamente qué tiene que hacer el equipo. Si al suyo le falta una sola, no cumple. Santa Eulària, art. 23.1 (BOIB núm. 62, 16/05/2026) ↗

  1. Funcionar como limitador de frecuencia en 1/3 de octava y como registrador sonoro.
  2. Permitir programar los valores límite de inmisión y disponer de pantalla para verlos.
  3. Micrófono externo calibrado con el equipo, capaz de detectar manipulaciones y verificable con sistema de calibración.
  4. Guardar historial con el día y la hora de las últimas programaciones.
  5. Almacenar en soporte estable, como mínimo un mes, los niveles sonoros y las manipulaciones, con periodicidad programable entre 5 y 15 minutos.
  6. Almacenar en memoria interna las manipulaciones del equipo musical y del propio limitador.
  7. Detectar otras fuentes sonoras que funcionen en paralelo.
  8. Disponer de sistema de precinto de conexiones y micrófono.
  9. Impedir la reproducción si el limitador se desconecta de la red eléctrica o del sensor.
  10. Permitir a los servicios municipales acceder al almacenamiento de registros.
  11. Permitir la transmisión telemática de los datos.
  12. Visualizador luminoso externo con el nivel sonoro instantáneo en dB(A).

El punto 11 es el que casi nadie lee

La ordenanza le obliga a instalar un equipo que transmite telemáticamente sus niveles sonoros, le hace responsable de que funcione bien, y permite al ayuntamiento extraer el histórico cuando quiera.

Es decir: la ley le obliga a instalar un dispositivo que le registra en contra. La única pregunta relevante es si usted lee ese registro antes que el ayuntamiento.

Santa Eulària, arts. 23.1.k · 22.3 · 23.1.j · Eivissa, art. 56.4

Cómo monitorizamos su limitador →

Qué pasa si no cumple

Escala general de la Ley 1/2007. Ojo: no es igual en todos los municipios — Formentera fija en su ordenanza topes propios de 750, 1.500 y 3.000 €. Consulte la ficha de su municipio.

Gravedad Multa Medida accesoria
Leve Hasta 600 € Suspensión de la autorización de apertura por un periodo inferior a un mes.
Grave De 601 € a 12.000 € Suspensión de la autorización de 1 mes a 1 año. Clausura temporal de hasta 2 años.
Muy grave De 12.001 € a 300.000 € Revocación de la autorización (1 a 5 años). Clausura definitiva, total o parcial.

Pero la multa no es lo que debería preocuparle

No disponer de limitador estando obligado, o manipularlo, es causa de medida provisionalísima: el ayuntamiento puede cerrar el local cautelarmente antes de resolver el expediente.

No hace falta que le condenen. Basta con que le abran expediente en julio. El coste de cumplir es conocido y presupuestable. El coste de no cumplir es no facturar la temporada.

Auditoría normativa de su local

Vamos, medimos, y le decimos por escrito qué le exige su municipio, qué cumple y qué no. Con los artículos citados. Sin precio en la visita: presupuesto por escrito en 48 horas.

DecibelSea es instalador autorizado de Ecudap. Esta guía es documentación técnica de referencia y no constituye asesoramiento jurídico. Toda cifra, plazo o artículo debe contrastarse con el texto oficial vigente publicado en el BOIB y con el ayuntamiento competente.

La instalación se entrega monitorizada

DecibelSea instala y certifica. MiIA lo monitoriza y le avisa.

La ordenanza le obliga a instalar un equipo que graba sus niveles sonoros, le hace responsable de que funcione, y permite al ayuntamiento extraer ese histórico cuando quiera.

Nosotros lo instalamos, lo taramos, lo precintamos y lo certificamos. Y después leemos ese registro antes que ellos: monitorización remota continua, alerta antes de que se supere el umbral, e informe mensual de cumplimiento.

Ver la monitorización continua de MiIA →