La matriz: qué activa la obligación en cada municipio
Esta es la tabla que casi nadie tiene consolidada. Si tiene locales en varios municipios,
léala dos veces.
| Municipio | Qué activa la obligación | Limitador | Estado |
| Santa Eulària des Riu | Usos urbanísticos d2 y d3 | Obligatorio | Sin plazo transitorio verificado |
| Sant Josep de sa Talaia | Actividad turística con música | Obligatorio | Sin plazo transitorio verificado |
| Sant Antoni de Portmany | Actividades de tipo 2 y 3 | Obligatorio | Sin plazo transitorio verificado |
| Eivissa (ciudad) | Establecimientos tipo B con equipos de sonido | Obligatorio | Sin plazo transitorio verificado |
| Formentera | Actividades de tipo 2 y 3 | Obligatorio | Sin plazo transitorio verificado |
| Sant Joan de Labritja | Actividades de tipo 2 y 3 | Obligatorio | Sin plazo transitorio verificado |
Cinco de los seis municipios obligan a instalar limitador registrador, pero
cada uno lo activa por un motivo distinto: el uso urbanístico en Santa Eulària,
la actividad turística con música en Sant Josep, el tipo de actividad en Sant Antoni y Formentera,
y la clase de establecimiento en Eivissa. Un mismo negocio con dos locales en dos municipios
puede tener dos obligaciones diferentes.
De Sant Joan de Labritja decimos «no verificado» porque no hemos podido leer el texto íntegro
de su ordenanza. Preferimos decirlo a rellenar el hueco.